Si estás pensando en presentar tu declaración de la Renta 2025 en Asturias, te interesará conocer los beneficios fiscales que ofrece el Principado. Entre las ventajas más destacadas se encuentran las deducciones autonómicas, que pueden ayudarte a optimizar el resultado de tu declaración.
Uno de los aspectos más relevantes al preparar tu declaración es conocer las distintas deducciones disponibles, incluidas las relacionadas con hijos, vivienda, estudios, transporte o determinadas circunstancias familiares. A continuación, te presentamos una guía clara sobre las principales bonificaciones fiscales autonómicas aplicables en Asturias.
Además, en el ejercicio 2025 varias deducciones tienen en cuenta si el contribuyente reside en concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica, por lo que conviene revisar bien cada supuesto antes de presentar la declaración.
¿Te interesa conocer cómo aprovecharlas al máximo? ¡Vamos a ello!

¿Qué deducciones puedo tener en la renta de Asturias?
¿Sobre qué aspectos tratan las deducciones de la declaración de la Renta en Asturias? Entre las deducciones autonómicas vigentes en el Principado no figura una específica por donativos y donaciones, pero sí existe un catálogo amplio de ventajas fiscales ligadas a la familia, la vivienda, la conciliación, la formación o la residencia en determinados concejos. ¡Conoce las principales deducciones en Euroinnova Learning Hub!
Por circunstancias personales y familiares
Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años
Incentivo fiscal por integrar en el hogar a mayores de 65 años en régimen de acogimiento familiar, sin recibir contraprestación económica.
- Importe: 500 euros por cada persona acogida.
- Requisitos: Convivencia durante más de 183 días, sin ayudas o subvenciones por ese acogimiento y sin parentesco de hasta tercer grado.
Por adopción internacional de menores
Beneficio fiscal para compensar parte de los gastos asociados a la adopción internacional de menores.
- Importe: 1.500 euros por cada hijo adoptado.
- Requisitos: Debe tratarse de una adopción internacional y el menor debe convivir con el declarante.
Por partos múltiples o por dos o más adopciones constituidas en la misma fecha
Deducción destinada a familias que asumen mayores gastos por nacimientos o adopciones simultáneas.
- Importe: 1.000 euros por cada hijo.
- Requisitos: El menor debe convivir con el progenitor o adoptante al cierre del ejercicio.
Por familias numerosas
Apoyo económico para unidades familiares con título de familia numerosa, con cuantía distinta según la categoría reconocida.
- Importe: 1.000 euros para familia numerosa de categoría general y 2.000 euros para categoría especial.
- Importante: Asturias equipara a determinados efectos a algunas familias con dos ascendientes y dos hijos a la categoría general, siempre que cumplan el límite de renta exigido.
Por familias monoparentales
Deducción para contribuyentes con descendientes a su cargo que no convivan con otras personas ajenas a esos descendientes, salvo determinados ascendientes.
- Importe: 500 euros.
- Requisitos: Debe tratarse de descendientes que generen el derecho correspondiente y cumplirse las condiciones de convivencia previstas por la normativa autonómica.
Por acogimiento familiar de menores
Deducción por la integración de menores en régimen de acogimiento familiar.
- Importe: 500 euros por cada menor acogido durante 183 días o más.
- Importe reducido: 250 euros por cada menor acogido cuando la convivencia supere 90 días y no alcance 183.
Por gastos de descendientes en centros de cero a tres años
Reducción por los gastos abonados por hijos menores de tres años en guarderías o centros de cero a tres años.
- Importe general: 15% de las cantidades satisfechas, con un máximo de 500 euros por cada descendiente.
- Importe incrementado: 30% de los gastos, con un máximo de 1.000 euros por cada descendiente, si el contribuyente reside en concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica.
- Importante: La deducción debe minorarse por las ayudas públicas recibidas para esos mismos gastos.
Por nacimiento o adopción de segundo y sucesivos hijos en concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica
Beneficio fiscal dirigido a fomentar la natalidad y la permanencia de familias en zonas con dificultades demográficas.
- Importe: 300 euros por cada hijo.
- Requisitos: Debe tratarse del segundo hijo o sucesivos y el contribuyente debe tener su residencia habitual en uno de esos concejos.
Por el cuidado de descendientes o adoptados de hasta 25 años de edad
Ayuda para contribuyentes con descendientes o adoptados jóvenes a su cargo.
- Importe: 600 euros por cada descendiente de hasta 25 años.
- Particularidad: También puede aplicarse hasta que el descendiente cumpla 26 años si se mantienen los requisitos previstos por la norma.
- Importante: Esta deducción es incompatible, respecto del mismo descendiente, con la deducción por gastos en centros de cero a tres años.
Por descendientes en caso de fallecimiento de progenitor como consecuencia de accidentes laborales
Deducción orientada a aliviar la carga económica del progenitor superviviente cuando el otro progenitor fallece por accidente laboral.
- Importe: 1.000 euros anuales por cada descendiente que genere derecho al mínimo por descendientes.
- Duración: Se mantiene mientras el descendiente siga generando ese derecho.
Por la obtención de ayudas o subvenciones otorgadas por el Principado de Asturias a enfermos de Esclerosis Lateral Amiotrófica
Incentivo destinado a neutralizar el efecto fiscal de determinadas ayudas públicas percibidas por personas enfermas de ELA.
- Importe: El resultado de aplicar los tipos medios de gravamen a la cuantía de la subvención o ayuda integrada en la base liquidable.
Por gastos derivados de la enfermedad celíaca diagnosticada
Deducción para compensar parcialmente los gastos asociados a esta enfermedad cuando exista diagnóstico dentro del núcleo familiar del contribuyente.
- Importe: 100 euros por cada persona diagnosticada que dé derecho a la deducción.
- Requisitos: Deben cumplirse los límites de renta establecidos por la normativa autonómica.
Relativa a la vivienda habitual
Por adquisición o adecuación de la vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad
Deducción destinada a la compra o adaptación de la vivienda habitual cuando exista discapacidad en el contribuyente o en determinados familiares convivientes.
- Importe: 3% de las cantidades satisfechas.
- Base máxima: 15.000 euros.
- Requisitos: Debe acreditarse un grado de discapacidad igual o superior al 65% en los términos exigidos por la norma.
Por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida
Apoyo fiscal para quienes adquieran o rehabiliten una vivienda habitual con calificación de protegida.
- Importe: 100% del gasto efectivo satisfecho durante el ejercicio.
- Límites: Hasta 5.000 euros en el ejercicio de adquisición o rehabilitación y hasta 1.000 euros en ejercicios posteriores.
Por arrendamiento de vivienda habitual
Beneficio fiscal para quienes viven de alquiler en su vivienda habitual, siempre que cumplan los requisitos de renta exigidos.
- Importe general: 10% de las cantidades satisfechas, con un máximo de 500 euros.
- Importe incrementado: 30% de las cantidades satisfechas, con un máximo de 1.500 euros, en caso de jóvenes de hasta 35 años, familias numerosas, familias monoparentales y mujeres víctimas de violencia de género.
- También: Se aplica un 30% con el mismo límite de 1.500 euros a contribuyentes con residencia habitual en concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica.
Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual para determinados colectivos
Fomento de la compra o rehabilitación de vivienda habitual en Asturias, con un tratamiento reforzado para determinadas situaciones personales y territoriales.
- Importe general: 5% de las cantidades satisfechas por la adquisición o rehabilitación de una vivienda situada en concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica.
- Importe incrementado: 10% cuando, además, el contribuyente tenga hasta 35 años o forme parte de una familia numerosa o monoparental.
- Resto de concejos: También puede aplicarse un 5% cuando el contribuyente tenga hasta 35 años y el valor de la vivienda no supere los 250.000 euros.
- Base máxima: 10.000 euros.
Otros conceptos deducibles
Por certificación de la gestión forestal sostenible
Ayuda para propietarios forestales que obtengan la certificación de gestión forestal sostenible.
- Importe: 30% de las cantidades invertidas.
- Límite: 1.000 euros por contribuyente.
Por adquisición de libros de texto y material escolar
Incentivo económico para sufragar parte de los gastos educativos de los descendientes en Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
- Importe: 100% de las cantidades satisfechas por libros de texto y material escolar.
- Límites: La deducción está sujeta a topes por descendiente según la base imponible y se eleva en el caso de familias numerosas.
- Importante: Debe minorarse por becas o ayudas públicas destinadas a cubrir esos mismos gastos.
Para contribuyentes que se establezcan como autónomos en concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica
Apoyo para nuevos autónomos que inicien su actividad en áreas con dificultades demográficas.
- Importe: 1.000 euros por contribuyente.
- Requisitos: El contribuyente debe tener su residencia habitual en uno de esos concejos y cumplir las condiciones fijadas por la norma para el inicio efectivo de la actividad.
Por gastos de transporte público para residentes en concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica
Deducción pensada para reducir el coste de la movilidad en estos concejos.
- Importe general: 100% del gasto en abonos de transporte público unipersonales y nominales, con un máximo de 100 euros por contribuyente.
- Incremento adicional: 10% del gasto en abonos de transporte por cada descendiente o adoptado que estudie fuera del concejo, con un máximo de 300 euros por descendiente.
Por gastos de formación en que hayan incurrido los contribuyentes que desarrollen trabajos especialmente cualificados, relacionados directa y principalmente con actividades de investigación y desarrollo, científicas o de carácter técnico
Deducción para quienes invierten en formación vinculada a perfiles especialmente cualificados en ámbitos científicos, técnicos o de I+D.
- Importe: 100% de los gastos de formación satisfechos.
- Límite: 2.000 euros.
- Requisitos: La norma exige, entre otros aspectos, que no hayan transcurrido más de tres años desde la finalización de la formación académica y que la incorporación al mercado laboral se produzca en los términos previstos.
Para contribuyentes que trasladen su domicilio fiscal al Principado de Asturias por motivos laborales
Beneficio fiscal para quienes cambian su residencia fiscal a Asturias por razones de trabajo.
- Importe: 15% de los gastos derivados del traslado.
- Límite: 1.000 euros con carácter general y 2.000 euros si el contribuyente desarrolla trabajos especialmente cualificados relacionados con actividades de I+D, científicas o técnicas.
- Requisitos: No haber residido habitualmente en Asturias en los cuatro años anteriores y mantener la residencia al menos tres años más, entre otros requisitos.
Por adquisición de vehículos eléctricos
Apoyo a la movilidad sostenible mediante la compra de vehículos eléctricos nuevos o kilómetro cero.
- Importe: 15% de las cantidades satisfechas.
- Requisitos: La deducción se aplica a un solo vehículo por contribuyente y exige que se trate de un vehículo eléctrico encuadrado en las categorías previstas por la normativa aplicable.
Por gastos derivados del arrendamiento de viviendas
Deducción dirigida a contribuyentes que obtienen rendimientos del capital inmobiliario por el alquiler de viviendas destinadas a residencia habitual del arrendatario.
- Importe: Cantidades satisfechas por reparación y conservación, formalización de contratos, primas de seguros por daños e impagos y certificados de eficiencia energética vinculados al arrendamiento.
- Límite: 500 euros anuales.
Por emancipación de jóvenes de hasta 35 años de edad
Ayuda para facilitar la salida del hogar familiar y el inicio de una nueva vivienda habitual en Asturias.
- Importe: 100% de los gastos directamente vinculados a la emancipación.
- Límite: 1.000 euros por contribuyente.
- Requisitos: El contribuyente debe tener menos de 36 años y mantener la emancipación al menos durante el tiempo exigido por la norma.
Por los gastos vitales en que incurran los contribuyentes de hasta 35 años
Deducción para jóvenes por gastos esenciales vinculados a la vivienda, la educación, la movilidad, la tecnología, el deporte o la cultura.
- Importe: Las cantidades satisfechas por esos conceptos.
- Límites: Hasta 2.000 euros para contribuyentes de hasta 25 años, 1.500 euros entre 26 y 30 años y 1.000 euros entre 31 y 35 años.
- Requisitos: La suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede superar 28.000 euros anuales.
Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación
Incentivo para apoyar la constitución o ampliación de capital de nuevas sociedades o entidades de reciente creación.
- Importe: 30% de las cantidades invertidas.
- Límite: 6.000 euros anuales.
- Requisitos: La participación del contribuyente y sus familiares no puede superar el porcentaje máximo previsto legalmente.



